La Constitución capitalina debe garantizar los derechos laborales de los trabajadores

  • Necesario tutelar garantías para las mujeres y para las minorías

  • En materia educativa, impulsar el derecho a la educación superior pública

SR3A9112Es necesario que la primigenia Constitución de la Ciudad de México contemple una legislación laboral que beneficie a los trabajadores con salarios y pensiones dignas, con condiciones favorables para su desarrollo personal y familiar, y que abra la posibilidad de establecer jornadas de seis horas. Además de garantizar el respeto a los SR3A9114contratos colectivos y el derecho a la libertad y autonomía de los sindicatos, se debe cuidar que no haya retrocesos y que el personal de las dependencias de la ahora Ciudad de México sea considerado como de servicio civil o profesional de carrera.

Los integrantes de la Asamblea Constituyente deberán tomar en cuenta la SR3A9071creación de una institución de seguridad social para los capitalinos y, en el terreno de la justicia laboral, contar con organismos autónomos, juntas conciliatorias y tribunales encargados de normar los conflictos en ese ámbito. En el aspecto educativo, ante la creciente demanda y necesidad de los jóvenes y de la sociedad misma, sería deseable que se estipule el SR3A9075derecho a la educación superior pública.

Los temas anteriores, entre otros, fueron expuestos en el foro Aspectos laborales a considerar en la Constitución de la Ciudad de México, organizado por el Departamento de Derecho de la División de Ciencias y Humanidades de esta Unidad, en conjunto con el Sindicato Nacional de Trabajadores SR3A9077del Sistema de Transporte Colectivo (SNTSTC), realizado en el auditorio de este gremio.

En su turno, el Doctor Octavio Loyzaga de la Cueva, académico adscrito al Departamento organizador, subrayó que la reforma política que dio origen a la Ciudad de México contempla a ésta como una entidad SR3A9081federativa, no le otorga autonomía ni los derechos que tienen los demás estados de la República. En el terreno laboral, comentó, se debe estar alerta ante el rumbo que se tome: si es en dirección del apartado A del Artículo 123, que garantiza mejores condiciones para los trabajadores, o si se inclina por lo estipulado en el apartado B, que se refiere a la necesidad de fomentar el desarrollo industrial.

SR3A9085Sobre los temas que habrán de incorporarse en ese ámbito, propuso que la jornada laboral debe ser de seis horas a fin de brindar mejores condiciones a los trabajadores al servicio del gobierno capitalino, considerando que en muchos casos han cambiado los procesos laborales y, ahora, se han introducido nuevas herramientas tecnológicas; de esa manera, SR3A9087también se contribuiría a combatir el desempleo y a reducir el empleo informal. Recordó que incluso el Jefe de Gobierno, Miguel Ángel Mancera, ha propuesto que los padres de familia concluyan sus jornadas los viernes a las tres de la tarde, para favorecer la convivencia familiar.

SR3A9096Por lo que respecta al tema salarial y ante la pronunciada pérdida del poder adquisitivo —que se estima ronda el 80 por ciento—, consideró que deberán pagarse salarios dignos para romper los esquemas —basados en la contratación por parte los empresarios de «fuerza de trabajo barata y disciplinada»— que han conducido a la pobreza y han ocasionado el desplome del mercado interno y, en sentido contrario, la SR3A9099concentración de la riqueza en sectores minoritarios, concluyó.

Por su parte, el Profesor Próspero López Cárdenas, docente del mismo Departamento y asesor legal del SNTSTC, recordó que a través del tiempo ha sido claro que las SR3A9069relaciones entre el gobierno capitalino y sus trabajadores han sido conflictivas, pues aquel se ha distinguido por intentar minar la protección laboral. Desde la puesta en marcha de la Ley Federal del Trabajo (a principios de los años 30 del siglo pasado), con la finalidad de menoscabar sus derechos laborales se pretendió encasillar a los empleados públicos como servidores, bajo el SR3A9103argumento de que la administración no genera utilidades.

En el marco de la reforma política y de la conformación de la Asamblea Constituyente, alertó, se intenta levantar una oleada para que los trabajadores del gobierno de la Ciudad de México sean integrados al servicio civil y profesional de carrera, lo que SR3A9110significaría un «despojo laboral» y un retroceso de la legislación del trabajo. Los servidores públicos no gozan a plenitud de los derechos de la clase trabajadora, subrayó, lo que implica «el control por parte de la dependencia» que no permite la participación de los sindicatos, y las evaluaciones al desempeño dan al traste con SR3A9120los procesos escalafonarios.

En opinión del Licenciado Ismael González Martínez, especialista en Derecho laboral y asesor legal del SNTSTC, los integrantes de la Asamblea Constituyente deberán considerar la creación de «una institución local de seguridad social”. Los SR3A9121constituyentes, consideró, no deberán inclinarse por la vía del apartado B del artículo 123 constitucional, pues muchas de sus «disposiciones han sido rebasadas y controvertidas por la jurisprudencia y los convenios internacionales» firmados por México ante la Organización Internacional del Trabajo.

SR3A9123La constitución capitalina habrá de contemplar la libertad y autonomía de las organizaciones sindicales, reconocer su pluralidad, así como la existencia y el respeto de los contratos colectivos de trabajo como garantes de la bilateralidad; además, deberá salvaguardar el derecho de huelga. Enfatizó la necesidad de que esta capital cuente con organismos de conciliación y arbitraje encargados de resolver los conflictos bilaterales sin desaparecer las juntas y los tribunales en esas materias, sino hacerlos eficientes.

El Secretario General del SNTSTC, Ingeniero Fernando Espino Arévalo, puntualizó que los sindicatos deben estar atentos a que se incluyan los puntos de la agenda de los trabajadores, entre estos, la creación «de una legislación del trabajo y de la seguridad social» que regule las relaciones entre la administración, los poderes ejecutivo, legislativo y judicial capitalinos y la plantilla laboral. Se deberá asentar el respeto a los derechos adquiridos por los trabajadores al servicio de la administración pública. Respecto al rubro salarial, remarcó la necesidad de que se establezca el salario socialmente útil que garantice condiciones dignas para los trabajadores del gobierno capitalino y sus familias. Señaló la pertinencia de que un grupo de expertos estudie las condiciones socioeconómicas para construir un proyecto en esa dirección.

El Doctor David Chacón Hernández, titular de la Defensoría de los Derechos Humanos de la UAM, subrayó la necesidad de que los empleados tengan pensiones dignas, que se garanticen percepciones igualitarias para las mujeres —en la actualidad sus ingresos son menores a los de los varones—, y que no se permita la mutilación de los contratos colectivos de trabajo ni la flexibilización de las prerrogativas de las plantillas laborales.

Educación superior para los jóvenes

De frente a la creciente necesidad de los jóvenes por realizar estudios de licenciatura, el Doctor Romualdo López Zárate, Rector de la UAM Azcapotzalco, se pronunció porque se establezca en la Constitución de la Ciudad de México el derecho a la educación superior pública, para que se «consagre como un derecho ciudadano de todos los jóvenes que quieran ir a la universidad» y, en ese sentido, que el Estado cumpla con darles lugar a los solicitantes. En la actualidad, reflexionó, de 100 aspirantes que quieren ingresar, por ejemplo a la carrera de Derecho en la UAM-A, sólo siete logran hacerlo pues no existe la capacidad para atender a más.

Continuar estudios de calidad en las instituciones públicas es una legítima aspiración que se debe atender, tomando en cuenta que proseguir en ese camino abre las posibilidades para que los estudiantes y egresados logren mejores ingresos. Aunado a esto, el recorrido por las universidades permite la formación de mejores ciudadanos que exijan respeto a sus derechos y que prevalezca la justicia, además de preocuparse por el cuidado del medio ambiente. En la UAM, continuó, se ha tenido especial cuidado en la calidad de su enseñanza; por ello, se han procurado buenas condiciones laborales a los profesores y estabilidad en el empleo: nueve de cada diez son de tiempo completo con plaza definitiva.

Ante un auditorio conformado en su mayoría por trabajadores del Metro, resaltó la importancia del Sindicato de nuestra casa de estudios, pues «nos ha permitido tener condiciones dignas de trabajo, seguridad y prestaciones que nos ayudan a cumplir con nuestras obligaciones» docentes y de investigación. «La mejor inversión que puede hacer un Estado en el presente para el futuro, es la educación pública de calidad», que en las universidades se prepare adecuadamente a los alumnos para ejercer su profesión formados con «los valores necesarios en este mundo».

JUAN MANUEL TIRADO JUÁREZ